Una pareja mantiene una unión estable y uno de ellos recibe una herencia. En caso de separación, ¿entran estos bienes en la ecuación?

En un artículo para Correio Braziliense, la abogada Samantha Teresa Berard Jorge aclara que, en una unión estable sin contrato, las herencias no entran en la división de bienes, pero sus frutos pueden repartirse.

«La herencia recibida durante la unión estable no entra en la división de bienes en caso de separación, siguiendo el régimen de comunión parcial, a menos que los bienes heredados se conviertan o sustituyan, siendo fundamental documentar estos cambios», explica Samantha.

Consulte el artículo completo en https://www.correiobraziliense.com.br/direito-e-justica/2024/06/6876497-namoro-uniao-estavel-e-casamento-entenda-os-detalhes-e-diferencas.html

Publicaciones relacionadas

¿Impuesto sobre sucesiones? Sí, ha leído bien

En un comentario para It’s Money, la abogada Marina Chaves habla sobre la reciente decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) que tiene un impacto significativo en la planificación patrimonial y sucesoria de las familias brasileñas, en un artículo de Robson Tavernard, socio de Blue3 Investimentos. «La validación por el STF de la recaudación conjunta del IR y del ITCMD representa un aumento significativo de la carga fiscal sobre las herencias, exigiendo una planificación aún más detallada y estratégica para proteger el patrimonio familiar», afirma Marina,…

Tributación de utilidades y dividendos: cambio legislativo

En Brasil, la distribución de utilidades y dividendos no está sujeta al impuesto sobre la renta. En la práctica, las empresas gravan sus utilidades, por regla general, a la tasa del 34% (impuesto a la renta, su aporte adicional y social sobre las utilidades), pero su distribución no genera nueva tributación. La mencionada exención se origina con la promulgación de la Ley 9.249/95, que eximió la incidencia del impuesto sobre la distribución de utilidades calculada con base en los resultados calculados a partir de enero…

Divergencias entre el STF y el TST sobre la pejotización

En artículo para la Revista Consultor Jurídico (ConJur), el socio Alexandre Fragoso Silvestre habla sobre las novedades surgidas en torno a las sentencias del STF que modifican decisiones anteriores del TST y del TRT. Estas decisiones tratan principalmente del reconocimiento de las relaciones de trabajo de los trabajadores contratados como personas jurídicas. «El caso que está siendo discutido debe estar estrechamente relacionado, correlacionado, traer los mismos hechos, para que después pueda ser evaluado su mérito. En otras palabras, para permitir la pejotización, por ejemplo, de…