El TJSP descarta el ITCMD sobre herencias y donaciones del extranjero

En artículo para Monitor Mercantil, Carolina Pereira Rezende y Samantha Teresa Berard Jorge comentan las recientes decisiones del TJSP que aplicaron el entendimiento del STF sobre el Tema 825 para descartar el cobro del ITCMD sobre herencias y donaciones provenientes del exterior.

«Como recordatorio, el Tema 825, juzgado bajo repercusión general por el Supremo Tribunal Federal, definió que los estados no pueden cobrar el ITCMD sin la intervención de una Ley Complementaria, cuando los bienes, herencias, donantes o personas fallecidas se encuentren en el exterior», agregan.

Lea el artículo en https://monitormercantil.com.br/tjsp-afasta-itcmd-sobre-herancas-e-doacoes-do-exterior/

Publicaciones relacionadas

¿Tienen derechos los embriones? El nuevo Código Civil podría regular la fecundación y la maternidad subrogada

En un artículo para InfoMoney, la abogada Ana Clara Martins Fernandes habla de la innovación que supone la reforma del Código Civil en el ámbito del derecho de familia y sucesiones, en lo que se refiere a la filiación y al uso de material genético. Para Ana Clara, la nueva redacción garantiza que la voluntad de la persona fallecida se entienda claramente, evitando interpretaciones ambiguas y proporcionando más seguridad jurídica. «Son cambios muy positivos que pretenden adaptar el Código Civil a las nuevas realidades sociales…

¿Cuánto tiempo debe convivir una pareja para tener derecho a la herencia?

En un artículo para E-Investidor de ESTADÃO, Samantha Teresa Berard Jorge habla de la decisión de las parejas que optan por «juntar los cepillos de dientes» y no formalizar una unión estable. Sin embargo, las consecuencias jurídicas pueden variar, especialmente en relación con la herencia, ya que la legislación brasileña define como «herederos necesarios» a quienes tienen derecho a la parte de los bienes dejados por el difunto, lo que se denomina legítima hereditaria. «Para que se reconozca el derecho a la herencia, la unión…

Una pareja mantiene una unión estable y uno de ellos recibe una herencia. En caso de separación, ¿entran estos bienes en la ecuación?

En un artículo para Correio Braziliense, la abogada Samantha Teresa Berard Jorge aclara que, en una unión estable sin contrato, las herencias no entran en la división de bienes, pero sus frutos pueden repartirse. «La herencia recibida durante la unión estable no entra en la división de bienes en caso de separación, siguiendo el régimen de comunión parcial, a menos que los bienes heredados se conviertan o sustituyan, siendo fundamental documentar estos cambios», explica Samantha. Consulte el artículo completo en https://www.correiobraziliense.com.br/direito-e-justica/2024/06/6876497-namoro-uniao-estavel-e-casamento-entenda-os-detalhes-e-diferencas.html