Fact-checking La sentencia del TSJ no grava las devoluciones del IRPF

El coordinador Gustavo de Toledo Degelo comentó a Reuters la decisión del STJ que confirmó la aplicación del PIS y de la COFINS sobre los valores corregidos de impuestos devueltos a los contribuyentes.

«Ya era un entendimiento desfavorable al contribuyente y favorable al fisco que el STJ decidió unificar y uniformizar para no dejar dudas. El STJ mantuvo su entendimiento y ahora otros jueces deben aplicar esta decisión del STJ: el PIS y el Cofins se aplican sobre la parte Selic de las cantidades devueltas al contribuyente», dijo Degelo.

Lea el artículo completo y el comentario en https://www.reuters.com/fact-check/portugues/TQQDHGWQLBIIDL5YHVICLP7XC4-2024-06-27/

Publicaciones relacionadas

¿Tienen derechos los embriones? El nuevo Código Civil podría regular la fecundación y la maternidad subrogada

En un artículo para InfoMoney, la abogada Ana Clara Martins Fernandes habla de la innovación que supone la reforma del Código Civil en el ámbito del derecho de familia y sucesiones, en lo que se refiere a la filiación y al uso de material genético. Para Ana Clara, la nueva redacción garantiza que la voluntad de la persona fallecida se entienda claramente, evitando interpretaciones ambiguas y proporcionando más seguridad jurídica. «Son cambios muy positivos que pretenden adaptar el Código Civil a las nuevas realidades sociales…

Tributación de utilidades y dividendos: cambio legislativo

En Brasil, la distribución de utilidades y dividendos no está sujeta al impuesto sobre la renta. En la práctica, las empresas gravan sus utilidades, por regla general, a la tasa del 34% (impuesto a la renta, su aporte adicional y social sobre las utilidades), pero su distribución no genera nueva tributación. La mencionada exención se origina con la promulgación de la Ley 9.249/95, que eximió la incidencia del impuesto sobre la distribución de utilidades calculada con base en los resultados calculados a partir de enero…

8 preguntas y respuestas sobre la fiscalidad de las inversiones en el extranjero

El gobierno ha cambiado las reglas tributarias para las personas que tienen inversiones, entidades controladas o fideicomisos en el extranjero. Los cambios fueron publicados por la Medida Provisional (MP) 1.171, el pasado 30 en edición extraordinaria del Diario Oficial. En entrevista con ESTADÃO, Mariana A. explica sobre el MP, principalmente en lo que respecta a la tributación de entidades controladas y fideicomisos. Para leer la noticia completa, visite: https://lnkd.in/dzRqRccA